Mauro Libi Crestani tuiteó: Los errores legales más frecuentes de las startups

El economista Mauro Libi Crestani acaba de leer:

No es la primera vez que se habla en esta web del Pacto de Socios, pero tampoco está de más insistir en su importancia como el documento fundamental para prevenir posibles problemas y anticipar soluciones. Arbitrar cláusulas para desbloquear la toma de decisiones, establecer mayorías, estipular la entrada o salida de socios e infinidad de puntos más, deben regularse de antemano. Pocos son ya los equipos de startups que no se apresuran a redactar su pacto de socios, pero quedan todavía algunos aspectos que olvidan y que, con demasiada frecuencia, tienen que resolver en los juzgados. Joaquín Muñoz Rodríguez, abogado y director del departamento de tecnología y propiedad intelectual de Ontier, nos cuenta cuáles son los problemas legales más recurrentes en los equipos de las startups.

La titularidad del software

En muchas startups, el software es uno de los principales activos de la compañía. Pese a ello, algunos olvidan especificar a quién corresponde la titularidad del mismo, bien porque su desarrollo precede a la constitución de la empresa, bien por ignorancia. Además de proteger la propiedad intelectual del software, conviene dejar claro desde el principio que ese desarrollo se realiza para la compañía. “Hay dos casos típicos de conflicto -dice Joaquín Muñoz- cuando no se recoge de manera contractual que el software se ha desarrollado para la sociedad, o cuando se encarga a un tercero o un freelance especializado, y no se regulan las condiciones en el contrato”.

Tres serían, según Muñoz Rodríguez, los aspectos básicos que deberían recogerse en el contrato:

1.- La titularidad del código fuente. El riesgo de no poseerla es que, cada vez que queramos hacer alguna actualización, tendremos reclamar de nuevo su servicio . “En cambio, si ya nos han entregado el código fuente, podemos acudir a cualquier otro desarrollador o incorporar ese perfil a la plantilla para que realice las implementaciones oportunas. Muchas empresas que no han tenido esto en cuenta, tienen luego problemas para deshacerse del proveedor original”.

2.-Establecer un análisis funcional lo más exhaustivo posible. Esto es, hacer “una descripción detallada de todo lo que queremos que nos entreguen”. El abogado pone como ejemplo el caso de un e-commerce. “Si encargas una web para la venta online sin más, pueden entregarte una página que cumpla esa funcionalidad pero que no se ajuste a lo que te gustaría. Para poder reclamar si no se cumplen las expectativas, es interesante acotar lo que nos interesa como pueden ser los colores corporativos, el área de usuarios o las funcionalidades que queremos”.

3.-Los plazos de entrega suelen ser otro problema. “A veces no tiene importancia, pero hay casos en los que es fundamental cumplir con los plazos, como, por ejemplo, un e-commerce cuyo business plan contempla el lanzamiento aprovechando la campaña de Navidad. La única manera de reclamar y conseguir alguna compensación económica es que ello conste por escrito”.

Asuntos de privacidad

Es también habitual que muchas de las nuevas startups moneticen a través de la publicidad. Para ello, ofrecen a los clientes bases de datos con usuarios muy segmentados y aumentar, así, la efectividad de las campañas. A veces son los propios usuarios quienes facilitan información, pero ésta puede complementarse con datos recogidos de sus redes o de otros servicios online. “Esta segmentación por perfiles incluye unas obligaciones legales en cuanto al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos que las empresas tienen que cumplir.  No puedes plantear el negocio en este sentido sin analizar antes qué medidas de seguridad tienes que implementar y qué acciones debes llevar a cabo desde el punto de vista de protección de datos”. Lo normal sería informar previamente al usurario de lo que se va a hacer con sus datos y obtener su consentimiento.

Recuerda también Muñoz Rodríguez que las medidas serán más exigentes cuando entre en vigor, en mayo de 2018, el nuevo reglamento europeo de protección de datos, donde se introducen conceptos como el de la Privacidad por Diseño (Privacy by Design) o el Análisis de Impacto en la Privacidad. La tendencia, más allá de un cumplimiento formal, es asegurar la protección real de la información y la privacidad de las personas, algo que deberán tener en cuenta las empresas desde el momento de su concepción mediante una especie de auditoría interna que garantice posibles fugas de información. “Se trata de diseñar y especificar todo el proceso, desde que el dato entra en tu base hasta que lo cancelas para detectar posibles debilidades”.

Registro de marcas y dominios

El descuido de las compañías a la hora de registrar tanto la marca como el dominio, se convierte también en numerosas causas de litigio. EL olvido se presta al chantaje cibernauta, cuando algún ‘cazadominios’ se da cuenta de que una marca determinada no tiene registrado oficialmente el dominio y exige luego a la compañía el pago de una cantidad para cedérselo. “Son casos bastante frecuentes-dice Muñoz Rodríguez- que suelen terminar en acuerdo entre las partes porque la cantidad que piden suele ser inferior a los costes de un procedimiento jurídico. Parece una tontería pero el hecho no es banal”.

El último incumplimiento legal asiduo que recuerda el abogado de Ontier es la ligereza con la que muchos hacen uso de los contenidos ajenos en internet. “Se creen que todo lo que está en internet es libre cuando la máxima siempre esusa lo que es tuyo y pide permiso para el resto”.



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