Mauro Libi Crestani tuiteó: Contratos legales que se cumplen solos

El economista Mauro Libi Crestani acaba de leer:

La letrada Sonia Vázquez, de Ecija Abogados, define los smart contracts, de forma resumida, como “scripts escritos en lenguaje de programación cuyas líneas de código reemplazan las cláusulas y términos de un contrato tradicional. Se ejecutan de forma automática sin que medie un tercero entre las partes”. Es decir, que una vez acordadas por las partes, en presencia o no de un abogado, los términos y condiciones del contrato, estos se codifican en lenguaje informático al objeto automatizar el cumplimiento de las cláusulas sin precisar ya la intervención de un tercero.

Para verlo de forma gráfica, Sonia Vázquez recurre a un ejemplo del inspirador de estos contratos inteligentes, el científico de la computación Nick Szabo. Los equipara a una máquina expendedora donde uno selecciona el producto que quiere, introduce el importe y recibe el bien sin más mediaciones. Aquí es el software introducido en la máquina el que valida el proceso y dinero introducido. Salvando las distancias, la fórmula supondría una práctica legal evolucionada en cuanto a la formalización de los contratos o protocolos entre extraños a través de internet. “Un contrato inteligente puede reflejar cualquier tipo de lógica basada en datos, desde algo tan sencillo como realizar una compra a través de una plataforma en Internet hasta llegar a acciones tan complejas como garantizar préstamos”, aclara Sonia Vázquez.

Exceptuando el sector financiero y la ejecución de transacciones, los contratos inteligentes tienen todavía una aplicación muy limitada en la práctica, entre otras cosas porque están pendientes de la regulación legal y el establecimiento de estándares aplicables. No obstante, las expectativas a futuro son amplias. Así, algunos de los ámbitos en los que los smart contracts podrían ser de gran utilidad son, en opinión de la letrada, “transacciones financieras, gestión de derechos de autor, sistemas de pago, transferencias de derechos y obligaciones, automatización de herencias y donaciones, logística, etc.”.

Tecnología Blockchain

La clave, en cualquier caso, está en pasar de depositar la confianza en una institución, empresas o persona para que se cumpla lo estipulado, a trasladar esa confianza a un sistema descentralizado y autónomo conforme a unas reglas preestablecidas que nadie puede modificar. “En definitiva, trasladamos la confianza de un ente humano a un código”, explican en la startup tecnológica  Bit2Me.

Pero, siguiendo con el ejemplo de la máquina expendedora, podría darse el caso, no infrecuente, de que aun habiendo introducido el importe correcto, no recibamos el bien y tampoco podamos acceder a la devolución del dinero por un fallo de la máquina. En el caso de los contratos inteligentes, las preguntas que podrían surgir son: ¿Cómo puede un smart contract garantizar la custodia de activos reales como dinero o acciones?  ¿Se puede confiar en que un ordenador ejecute los términos contractuales de forma neutral?.

Para evitar estos casos y garantizar la seguridad, los smart contracts se valen de la tecnología blockchain. “Esta es capaz de mantener registros crecientes securizados contra la falsificación mediante el uso de la criptografía, autorizando las transacciones económicas de manera segura sin necesidad de que un intermediario participe para certificar una relación de confianza entre las partes. Una vez que la información es validada y añadida a la base de datos, esta no podrá ser eliminada (las transacciones tienen carácter irreversible). Blockchain es capaz de detectar y rechazar cualquier intento de distribución de una copia editada o manipulada de la base de datos. Además, los nodos de blockchain verifican y procesan cada transacción (a la que se asigna un sello de tiempo único en el nodo que se originó) de forma independiente, garantizando seguridad, transparencia y confidencialidad a partes iguales. Los datos de las transacciones no se pueden falsificar y a pesar de que éstas son públicas, no se pueden asociar a nadie,  asegurando la anonimidad”, dice Sonia Vázquez.

Por otro lado, aunque en Bit2Me aseguran que un contrato inteligente es capaz de ejecutarse y hacerse cumplir por sí mismo, Sonia Vázquez duda de que pueda prescindirse todavía, al 100%; del factor humano, desde el momento "en el que pueden aparecer circunstancias imprevistas que motiven una modificación contractual posterior (véase, por ejemplo, una solicitud de rescisión del contrato por encontrarnos ante un caso de fraude)" . En principio, serían imprescindibles la presencia de un experto que aportase la base legal para establecer los términos del contrato y la del programador. Pero, una vez acordados y traducidos los términos, en procesos sencillos, como podrían ser transacciones periódicas en concepto de derechos de autor, no habría que dar ya más vueltas al asunto. 



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