Mauro Libi Crestani: La compraventa online de artículos de segunda mano también tributa

La medida no es nueva. Según Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda y Función Pública, la compraventa de productos de segunda mano entre particulares que se practica a través de portales o marketplaces como eBay, Vibbo o Wallapop, debe tributar un 4% a Hacienda dado que este tipo de transacciones están sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO).

“Se trata del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. No es una novedad. Ese impuesto ya estaba para la venta de productos entre particulares, que aunque no sujetos al IVA, sí lo están al ITP, al tipo del 4%”, recuerda Fernando Olcina, responsable de El abogado digital. Lo que sucedió es que alguien formuló una pregunta vinculante a Hacienda y la respuesta fue que, “efectivamente, la venta de productos de segunda mano entre particulares estaba sujeta a ITP, al tipo del 4% y eso, unido al anuncio realizado por la Agencia Tributaria en relación a un mayor control sobre la actividad de los portales web de venta de segunda mano, en el sentido de que se liquidara y pagara ese impuesto por los compradores de los productos de segunda mano, es lo que causó, hace ya unos meses, tanto revuelo”.

“En definitiva, que el impuesto estaba ahí, pero la Administración no le estaba prestando mucha atención y ahora, a la vista del volumen de ventas que se produce y la publicidad que le da Internet a esas transacciones, ha puesto el foco” dice el abogado.

No obstante, hay que decir que se trata de un tributo cuya recaudación corresponde a las comunidades autónomas, de manera que varía en cada una de ellas. Según algunas fuentes, donde más caro sale comprar algo de segunda mano es en Galicia, donde el tributo es del 8%, mientras que en Valencia, Castilla-La Mancha e Extremadura es del 6%. El tipo en Madrid y otras comunidades es del 4% y se paga cuando se adquiere, es decir, que paga el comprador. De lo que sí están exentas estas operaciones es del pago del IVA dado que en la transacción no intervienen ni empresarios ni profesionales.

Se habló también en su momento de la posibilidad de que la Agencia Tributaria (AEAT) podría solicitar a las plataformas las bases de datos de comercio online para investigar estas transacciones, información que no ha podido ser aún confirmada.



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